| |
|
|
Buceo para menores |
|
|
Catalunya rebaja a 8 años la edad mínima para la práctica del Buceo
La Generalitat aprueba el Decreto 175/2007 de 31 de juliol. La edad mínima en 8 años. Hay unos requisitos que cumplir, como una autorización del padre, madre o tutor, siempre acompañados de un adulto de titulación cualificada para esa práctica. Certificado médico especifico que establece la normativa de seguridad. La enseñanza de buceo a menores de edad, solo podrá ser impartida por personas físicas o jurídicas que disponen de la autorización como centro de inmersión de la Dirección General de Pesca. La profundidad a la que pueden bajar los niños también esta estrictamente estipulada en el decreto, como: De 8 a 9 años la profundidad máxima 6m. De 10 a 11 años la prondundidad máxima 12 mts. De 12 a 15 años la profundidad máxima 21 mts. De 16 a 18 años, la profundidad máxima 25 mts.
|
|
|